La puesta en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil generó una inmediata controversia judicial en la provincia de Buenos Aires. La decisión de la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, de suspender por 60 días la aplicación de la norma en el marco de un hábeas corpus, encontró resistencia en otros despachos judiciales. El fiscal del fuero penal juvenil de San Isidro, Andrés Zárate, cuestionó la resolución y adelantó que en su jurisdicción continuará aplicando la legislación que entró en vigencia el sábado.
Zárate consideró que el fallo se extralimita en sus alcances y carece de validez general. En declaraciones radiales, explicó que “una jueza penal puede analizar la constitucionalidad de una norma, pero solo en un expediente puntual y no con efectos generales”. Su argumento se basa en que “un juez en el ámbito de su competencia puede declarar la inconstitucionalidad de una norma en el caso concreto, pero no puede dejarla sin efecto para todos”, ya que se trata de una modificación que forma parte del Código Penal de la Nación y que rige en todo el territorio nacional.
De este modo, se abre una divergencia práctica en la aplicación de la norma dentro de la misma provincia: mientras en Lomas de Zamora se ordenó detener su puesta en marcha, en San Isidro el Ministerio Público Fiscal continuará juzgando a los adolescentes bajo las nuevas reglas que bajan la edad de imputabilidad a los 14 años. El conflicto jurisdiccional deberá ser resuelto por instancias superiores, en tanto la norma nacional convive con una medida cautelar de alcance cuestionado por el propio sistema judicial.