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El Senado dio media sanción a la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada por 37 votos contra 33, una iniciativa impulsada por el Gobierno que modifica profundamente los plazos y procedimientos de desalojo. El texto, que ahora debe ser tratado por la Cámara de Diputados, establece procesos más expeditos para recuperar inmuebles y reduce los tiempos de respuesta para quienes alquilan, anticipando un escenario más favorable para los propietarios.

La principal modificación es la figura del denominado “desalojo exprés”. En casos de ocupación precaria o intrusión, el texto faculta al juez a disponer la entrega inmediata del inmueble si el derecho alegado resulta verosímil y con una caución juratoria previa, eliminando las etapas dilatorias que solían prolongar los conflictos durante meses o años.

En materia de alquileres por falta de pago, se reduce el plazo de gracia: el propietario deberá intimar al inquilino, quien contará con solo 10 días corridos para cancelar la deuda antes de que se inicie la demanda de desalojo. La notificación podrá efectuarse incluso mediante el domicilio electrónico constituido en el contrato, simplificando el trámite para el acreedor y acortando los tiempos de defensa del inquilino. Por el momento, ninguna de estas normas se encuentra vigente hasta que se complete el recorrido legislativo.