Compartir en las Redes

La decisión del municipio de Olavarría de aplicar una tasa sobre los parques eólicos instalados en su jurisdicción reabrió el debate sobre la potestad de los gobiernos locales de gravar actividades productivas que se desarrollan lejos del casco urbano. El precedente recuerda lo ocurrido en Puerto Madryn en 2020, cuando se intentó cobrar un gravamen cercano al 5% de la facturación por generación de energía; las empresas recurrieron a la Justicia Federal y la medida fue frenada por considerarse un impuesto encubierto.

En el caso bonaerense, la administración del intendente Maximiliano Wesner comenzó exigiendo una Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene del 1,38% sobre la facturación total, aplicada a instalaciones ubicadas a decenas de kilómetros del ejido urbano. Tras negociaciones con las empresas, la propuesta fue reajustada: primero se planteó un pago de USD 5.200 anuales por aerogenerador, y finalmente se acordó una escala de USD 700 a 850 por MW de potencia instalada, donde a mayor capacidad, menor el monto unitario por megavatio.

El desenlace de esta situación y el alcance de las tasas municipales en general podrían redefinirse pronto por dos fallos de la Corte Suprema, que sentarán criterios sobre la legitimidad de los gravámenes locales aplicados a bancos, supermercados, empresas energéticas y otros rubros. La discusión central es si los municipios pueden cobrar por servicios que no prestan efectivamente o si la facultad de tributar se limita a actividades desarrolladas dentro del territorio cercano y efectivamente atendido por la administración comunal.