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Buenos Aires – El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 717/2025 dictada por el Ministerio de Economía, que había derogado el sistema oficial de registro y difusión en tiempo real de los valores de nafta y gasoil. El fallo dejó sin efecto la medida impulsada por Luis Caputo y restablece la obligación de las estaciones de servicio de informar cada cambio de precio dentro de las ocho horas de aplicado.

El magistrado cuestionó que el Estado haya abandonado una herramienta vigente desde 2016, que concentraba la información en una base única y permitía comparar valores fácilmente o detectar cobros indebidos. Rechazó además el argumento oficial según el cual bastan los carteles en los surtidores o las aplicaciones privadas: advirtió que esos canales son dispersos, dependen de cada empresa y no garantizan el derecho de los consumidores a acceder a datos completos, uniformes y verificables.

En su decisión, Ramos Padilla remarcó que la tendencia a modificar los valores con mayor frecuencia —conocida como “micropricing”— hace todavía más necesario contar con un sistema público centralizado, en lugar de prescindir de él. De esta manera, cuanto más dinámico sea el mercado, más importante es que la gente pueda consultar cuánto cuesta realmente cargar combustible en cada punto del país.

La medida recupera así un instrumento clave para el control ciudadano y la transparencia en un sector clave para la economía de los hogares.