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Lo atacó cuando lo vio con su expareja. El joven agredido debió someterse a una cirugía para que le reconstruyeran la cara.

Un hombre le fracturó la cara a patadas al amigo de su ex pareja y la Justicia Civil de Neuquén ordenó que le pague 21 millones de pesos. El agresor, que practica artes marciales, evitó una condena penal efectiva, aunque su caso fue considerado como “violencia desmedida”. 

La decisión fue tomada por la jueza María Guadalupe Losada, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N°5, quien remarcó que el ataque tuvo como trasfondo un intento de control y daño hacia la mujer a través de la agresión a su entorno.

A pesar de que el fallo llegó este miércoles, el caso se remonta a 2021, cuando el agresor llegó a la casa de su expareja, ubicada en el barrio Z1 de la capital neuquina. El hombre golpeó la puerta y cuando su expareja salió, se encontró con que ella estaba acompañada por un amigo. Automáticamente, reaccionó de una manera violenta y exigió que le abrieran la puerta de la casa.

De acuerdo con la información que trascendió, la mujer y su acompañante se negaron a abrirle la puerta, pero el agresor, con una gran habilidad digna de su deporte, entró por la puerta de atrás forzándola.

Una vez dentro de la casa, se dirigió directamente hacia el amigo de su expareja y lo golpeó salvajemente en la cara, al punto de que le provocó múltiples fracturas. Antes de la agresión contra el hombre, el atacante había causado daños materiales en el vehículo de la víctima.

La víctima tuvo que operarse para reconstruirse la cara

El joven agredido debió someterse a una cirugía para que le reconstruyeran la cara. Además, atravesó un extenso proceso de recuperación física y psicológica.

El agresor fue imputado por lesiones y daños. Sin embargo, tras la investigación, la Fiscalía y la defensa acordaron solicitar la suspensión del juicio a prueba por u plazo de dos años.

En un principio, el juez Luis Giorgetti había rechazado este beneficio, pero posteriormente un tribunal de impugnación modificó la resolución y permitió avanzar en este sentido. Esto implicó que el agresor evitó una condena penal efectiva bajo cumplimiento de ciertas reglas de conducta, sin ingreso a prisión.

Fuente: Crónica


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