Con los decretos 663 y 664, el Gobierno estableció nuevas regulaciones para la remoción de aeronaves accidentadas o abandonadas y habilitaciones para la aviación civil no tripulada, buscando modernizar y desregular el sector aéreo.
Este miércoles, a través de los decretos 663 y 664 publicados en el Boletín Oficial, el Gobierno avanzó en la desregulación del espacio aerocomercial. Estas nuevas medidas incluyen la reglamentación del uso de drones y la optimización de aeropuertos, con el objetivo de modernizar el sector.
El decreto 663/2024 aprueba el procedimiento para la remoción de aeronaves accidentadas o abandonadas en diversos aeropuertos, mientras que el decreto 664/2024 modifica un artículo referente a la aviación civil no tripulada, abarcando tanto el sector agropecuario como áreas urbanas.
«En avance con las medidas que impulsan la modernización y desregulación del sector aéreo, hoy se publicó en Boletín Oficial el decreto que permite la remoción de aeronaves accidentadas o abandonadas en los aeropuertos; y el decreto que prevé la reglamentación del uso de drones», anunció la Secretaría de Transporte en su cuenta de X.
Además, agregaron: «Con respecto a la reglamentación del uso de drones, el objetivo central es desregular su utilización en zonas agrícolas, una decisión estratégica teniendo en cuenta el potencial de crecimiento que la utilización de drones le ofrece a esta industria».
Desregulación del uso de drones: detalles de la medida
El reglamento para la aviación civil no tripulada aprobado por el Gobierno busca desregular el uso de drones en zonas agrícolas, así como su aplicación en áreas urbanas. Este cambio elimina los trámites para obtener la habilitación para el uso de drones en dichas zonas, permitiendo su aplicación en actividades como gestión de control del suelo, fumigación y sembrado.
El decreto establece tres categorías distintas de drones que deberán tener certificación para operar:
Categoría abierta: Drones cuyas operaciones no requieren autorización previa ni declaración operacional, incluyendo actividades realizadas exclusivamente en zonas rurales.
Categoría específica: Drones cuyas operaciones requerirán una autorización operacional expedida por la autoridad correspondiente, prestadores de navegación aérea y operadores de aeródromos competentes.
Categoría certificada: Aeronaves no tripuladas cuyas operaciones siempre requerirán certificación.
Remoción de aeronaves: optimización de aeropuertos
Respecto a la remoción de aeronaves accidentadas o abandonadas en los aeropuertos, el objetivo principal es agilizar el proceso que permite retirar aviones que no están en uso y que obstaculizan las tareas normales de los aeródromos. La Secretaría de Transporte especificó que la remoción de estas unidades se efectuará en un plazo máximo de seis meses.
«Con esta nueva medida, se logra una mejor utilización de los espacios, se mejora la seguridad operacional de los aeródromos, se optimiza la rentabilidad de aeropuertos y líneas aéreas y se regula la venta de partes de aquellas aeronaves a ser removidas, ya que prevé un registro continuo de esos componentes, evitando robos e irregularidades», se afirma en el comunicado de la Secretaría de Transporte.
Fuente: Crónica
